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Pandemia

Alertan de un mensaje en redes sociales que crea confusión sobre el uso de la mascarilla

El Gobierno regional denunciará al autor o autores de este mensaje de WhatsApp, que difunde normativa antigua sobre el uso de la mascarilla
Alertan de un mensaje en redes sociales que crea confusión sobre el uso de la mascarilla
Foto: Saúl García
21/07/2021 - EFE

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha alertado de que está circulando un mensaje a través del servicio de mensajería Whatsapp que genera dudas sobre el uso de las mascarillas y ha adelantado su intención de denunciar a las personas que, con fines espurios, están intentando confundir y alarmar a la población de Castilla-La Mancha con el envío de una normativa antigua respecto al uso obligatorio de la mascarilla.

En un comunicado de prensa, el Ejecutivo autonómico ha explicado que está circulando un mensaje que hace alusión a una normativa del año 2020, hace justo un año, cuando se hizo obligatorio el uso de la mascarilla.

Por ello, ha aclarado que la legislación actualmente vigente indica que las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público, en cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes y en los medios de transporte, públicos y privados, en los andenes y estaciones y en los vehículos privados si viajan no convivientes.

También es obligatorio el uso de la mascarilla en los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.

Estas obligaciones no son exigibles a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla; que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco es obligatorio en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias y en aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, si la tasa de cobertura de vacunación es superior al 80 por ciento en pauta completa.