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Quintanar del Rey

Quintanar del Rey aprueba una ordenanza reguladora de la gestión de purines

Se abre ahora un periodo de consulta pública de 30 días para presentar alegaciones y sugerencias a la ordenanza
Quintanar del Rey aprueba una ordenanza reguladora de la gestión de purines
07/11/2020 - Las Noticias

El pleno del Ayuntamiento de Quintanar del Rey ha aprobado en la sesión extraordinaria celebrada esta semana, y con el voto unánime de todos los grupos políticos, la Ordenanza Municipal Reguladora sobre la gestión y evacuación de purines en la localidad.

Se abre ahora un periodo de consulta pública de 30 días para presentar alegaciones y sugerencias a la ordenanza. Discurrido ese tiempo, si no se han presentado alegaciones, la ordenanza quedará automáticamente aprobada.

El concejal de Medioambiente y Urbanismo, Vicente Oviedo, ha destacado que desde el equipo de gobierno siguen trabajando "intensamente" para evitar la proliferación de macrogranjas en la localidad. Aunque la actual granja porcina que se quiere construir esté en término municipal de Villanueva de la Jara, recuerdan que se encuentra a escasos 300 metros del pozo de agua para abastecimiento de Quintanar del Rey y a 3 kilómetros del núcleo urbano, por lo que se consideran el principal municipio afectado.

Pese a que las obras están paralizadas en este momento, el concejal señala que "era necesario crear esta ordenanza para garantizar que se cumplen con las medidas de seguridad establecidas”.

La ordenanza recoge los actos de vertido, las condiciones del transporte, la definición de los términos, el ámbito de aplicación de la ordenanza y las zonas de exclusión (como los espacios naturales protegidos), las franjas de seguridad, las infracciones y sus correspondientes sanciones, que van desde los 750 euros hasta los 3.000 euros, etc.

Así pues, entre otros aspectos, se establece la prohibición de verter purines en terrenos que no tengan la calificación de fincas rústicas de labor y, además, deben estar situadas a una distancia mínima de 5 kilómetros del casco urbano y suelo urbanizable o de instalaciones vinculadas con el turismo u otras similares.

Única y exclusivamente podrá efectuarse el vertido de purines en fincas que cuenten con las autorizaciones del propietario del terreno y en zonas que se delimiten.

Por otro lado, las explotaciones ganaderas instaladas en el término municipal de Quintanar del Rey deberán presentar una declaración con la estimación el volumen de purines anuales que serán generados por la explotación a lo largo del año.

No obstante, el Ayuntamiento se reserva el derecho de actuación mediante los medios que considere oportunos, para controlar, e incluso impedir, si fuera necesario, las actuaciones de aplicación o manipulación de purines cuando dichas operaciones no se ajusten a lo dispuesto en la ordenanza o cuando dichas operaciones constituyan un grave perjuicio para el interés general.

El concejal ha explicado que el Ayuntamiento “pretende apoyar un modelo de crecimiento económico sostenible y, por ello, el objetivo de esta ordenanza es el de prevenir y corregir el impacto que esta actividad representa en materia la salud pública y contaminación medioambiental para favorecer un entorno limpio y proteger la salud de la población”.

De la ordenanza quedan excluidos los corrales domésticos de pequeña entidad.

PROHIBICIONES

Quedan prohibidos los actos siguientes:

1.- El vertido de purines en terrenos que no tengan la calificación de fincas rústicas de labor.

2.- El estacionamiento, tránsito o paradas de vehículos transportadores de purines en el casco urbano de Quintanar del Rey. Los vehículos transportadores de purines deben garantizar la estanqueidad a través de cierres herméticos para evitar posibles derrames o goteos durante el tránsito.

3.- El vertido de purines a la red de Saneamiento Municipal, así como a los cauces de ríos, arroyos, acequias y a aquellos lugares por donde circunstancialmente pueda circular el agua como cunetas, caminos y otros análogos.