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Desestimado el recurso de Diputación contra la anulación del presupuesto de Bomberos de 2016

La Institución provincial recurrió ante el Supremo la sentencia del TSJCM que anulaba dicho presupuesto al entender que no había habido negociación con la representación sindical
Desestimado el recurso de Diputación contra la anulación del presupuesto de Bomberos de 2016
26/07/2018 - Las Noticias

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación interpuesto por la Diputación de Cuenca contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que declaraba nulo el presupuesto del entonces Consorcio Provincial de Bomberos para el ejercicio 2016.

Dicha sentencia, cabe recordar, daba la razón a los bomberos que habían interpuesto el contencioso administrativo contra la aprobación de las cuentas de 2016 por no haber contado con la representación sindical en la elaboración y negociación de las mismas.

La providencia emitida por el Supremo, con fecha 19 de julio de 2018 y a la que ha tenido acceso Las Noticias de Cuenca, entiende que en el escrito de preparación presentado por la representación procesal de la Diputación Provincial de Cuenca “no se ha fundamentado suficientemente, con singular referencia al caso, que concurra alguno de los supuestos que permiten apreciar el interés casaciones objetivo y la conveniencia de un procesamiento” de este Tribunal.

Además, impone a la Diputación el pago de las costas procesales por importe de 2.000 euros en favor de la parte recurrida.

Tras conocerse la sentencia del TSJCM a principios de año y que ya condenaba a la Institución provincial al pago de costas, el presidente de la Diputación, Benjamín Prieto, señaló que se trataba de “un incidente administrativo más”, aunque finalmente optó por recurrir al Supremo.

En dicha sentencia se citaba numerosa jurisprudencia en la que se ponía de manifiesto que no se puede aceptar que en un supuesto como este se aprueben unos presupuestos “sin negociación e incluso sin consulta con las organizaciones sindicales o sindicatos”, cuando, como es este caso, el 90% del crédito se refiere al capítulo de gastos de personal.

Por tanto, consideraba el Tribunal que la aprobación del presupuesto tiene repercusión directa sobre las condiciones de trabajo de los trabajadores del Consorcio, como así refiere la sentencia que venía apercibido en dos informes emitidos por el secretario interventor, y en los que se señalaba que la participación y consulta previa a los órganos de representación sindical “resulta imprescindible”.

De esta forma, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Castilla-La Mancha dictaminaba la anulación de la aprobación de los presupuestos de 2016 del Consorcio de Bomberos de la Provincia de Cuenca, al entender que no puede quedar excluida de la preceptiva negociación colectiva.


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