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Propuesto para sanción tras abandonar un perro en el albergue de animales

La Policía Local identificó al propietario del animal y advierte de que los hechos podrían trasladarse a la autoridad judicial si constituyeran delito
Propuesto para sanción tras abandonar un perro en el albergue de animales
31/07/2026 - R.M.C.

La Policía Local de Cuenca ha propuesto para sanción al propietario de un perro que fue abandonado durante la madrugada de este viernes en la puerta del Albergue Provincial de Animales.

Según ha informado el cuerpo municipal a través de sus redes sociales, una patrulla fue alertada de la presencia del animal en el exterior de las instalaciones. Los agentes se desplazaron hasta el lugar y procedieron a introducir al perro en el albergue para garantizar su protección y seguridad.

Tras realizar las correspondientes gestiones, la Policía Local logró identificar al propietario, que ha sido propuesto para sanción por abandono animal. No obstante, los hechos también podrían ponerse en conocimiento de la autoridad judicial en caso de que pudieran ser constitutivos de delito.

La Policía Local ha recordado que dejar un animal en la puerta de un albergue no equivale a entregarlo de manera correcta, ya que existen procedimientos legales y responsables para solicitar ayuda o formalizar su cesión.

MULTAS

La Ley 7/2023 considera el abandono de uno o varios animales una infracción administrativa grave, que puede ser sancionada con multas de entre 10.001 y 50.000 euros.

Para que exista esta infracción es suficiente con acreditar que la persona responsable ha abandonado al animal o se ha desentendido de sus cuidados.

Sin embargo, el abandono puede convertirse en delito cuando las circunstancias en las que se produce puedan poner en peligro la vida o la integridad del animal. El artículo 340 ter del Código Penal contempla para estos casos penas de multa de uno a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Además, la condena puede conllevar la inhabilitación durante un periodo de entre uno y tres años para la tenencia de animales o para ejercer profesiones, oficios o actividades relacionadas con ellos.

La principal diferencia entre una infracción administrativa y un delito reside, por tanto, en el peligro generado para el animal. Cuando no puede acreditarse ese riesgo, el abandono se considera una infracción grave, mientras que puede tener consecuencias penales si se produce en condiciones que amenacen su vida o su integridad.

"Un animal no es un objeto. Su tenencia implica cuidado, protección y responsabilidad", ha subrayado la Policía Local de Cuenca.