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Junta de Cofradías

Suscrita la concordia de colaboración con el Grupo Turbas

Serán convocadas para cualquier asunto relacionado con la Procesión Camino del Calvario. El Grupo Turbas colaborará económicamente y adoptará las medidas oportunas para el buen funcionamiento de la procesión
Suscrita la concordia de colaboración con el Grupo Turbas
Foto Saúl García
24/01/2018 - Las Noticias

La Junta General de la Junta de Cofradías aprobaba este martes la concordia de colaboración mediante la que el Grupo Turbas lleva meses trabajando para llegar “al pleno cumplimiento del Reglamento de Las Turbas de Cuenca”. La concordia, aprobada por mayoría y sin ningún voto en contra, ha sido suscrita de común acuerdo entre las Turbas de Cuenca, la Junta de Cofradías de Semana Santa y el Obispado de Cuenca, y establece que la Junta de Cofradías reconoce la personalidad jurídica otorgada a las Turbas de Cuenca en el actual reglamento.

De este modo, las Turbas de Cuenca “serán convocadas por el órgano competente de la Junta de Cofradías que trate cualquier asunto relacionado con la Procesión Camino del Calvario”, así como la JdC “citará, en tiempo y forma, a las Turbas de Cuenca a cuantas Juntas Generales celebre” y “cursará invitación al Secretario-Presidente de la Junta Regidora de las Turbas de Cuenca a cuantos actos sean organizados por esta”, tal y como se recoge en el texto de la concordia aprobada en Junta de Diputación primero y en la Junta General del martes, después.

Por su parte, las Turbas de Cuenca “colaborarán económicamente conforme al presupuesto general aprobado anualmente por los órganos de gobierno de la Junta de Cofradías” y se comprometen “a adoptar cuantas medidas sean oportunas para el buen funcionamiento de la Procesión Camino del Calvario, siempre en coordinación con la Junta de Cofradías, así como a responsabilizarse de todos aquellos turbos acreditados que hagan una inadecuada interpretación del rito de las Turbas de Cuenca”. El último punto de la concordia establece que la misma “podrá ser derogada por cualquiera de las partes firmantes si entendiesen que los fines pretendidos por el Reglamento de Las Turbas de Cuenca no son cumplidos”.