El nuevo Convenio de Hostelería contempla una subida salarial del 11% hasta 2028
El Departamento Jurídico de la Confederación de Empresarios de Cuenca y la Agrupación de Hostelería de Cuenca han firmado con los sindicatos UGT y Comisiones Obreras en la sede del Jurado Arbitral de Castilla-La Mancha el convenio del sector de la hostelería que establecerá las condiciones laborales de este sector para los próximos años.
De este modo quedan establecidos aspectos como la jornada laboral y los salarios que entrarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el próximo 31 de diciembre de 2028.
El convenio tendrá una vigencia de cuatro años, abarcando los ejercicios 2025, 2026, 2027 y 2028, con entrada en vigor el día 1 de enero de 2025 y finalización el 31 de diciembre de 2028.
Las novedades más importantes del nuevo convenio son las siguientes:
Modificación del complemento por incapacidad temporal de la persona trabajadora, reduciendo su porcentaje y su duración para los supuestos de enfermedad común.
Actualización de los permisos y licencias retribuidos
Reducción de la jornada máxima anual de trabajo de dos horas en el año 2027, situándose en 1.798 horas, y de otras dos horas más en 2028, quedándose la jornada máxima anual en 1.796.
Se incluye un nuevo artículo que limita a cuatro el número de ayudantes de camarero por cada camarero en plantilla en los centros de trabajo, y a tres ayudantes de cocina por cada cocinero.
Nuevas condiciones de trabajo para los días 24 y 31 de diciembre.
El convenio del sector de la hostelería Cuenca es uno de los más importantes de los que se negocian en la provincia de Cuenca, pues incluye a más de 6.000 trabajadores y a unas 1.800 empresas.

Subida salarial
Por lo que respecta a la Subida salarial pactada, durante el año 2025 se mantienen las tablas salariales ya revisadas de 2024, y para los años 2026, 2027 y 2028 se establece una subida salarial global fija del 11 %, según el siguiente detalle:
En 2026 se acuerda el incremento de todos los conceptos económicos, excepto la antigüedad consolidada, de un 4%, aplicable sobre las tablas de 2025, con revisión salarial de hasta el 0,5 % en caso de que el IPC interanual supere el 4%.
En 2027 se acuerda un incremento idéntico del 4%, igualmente para todos los conceptos económicos excepto la antigüedad consolidada respecto a las tablas definitivas de 2026, con revisión salarial de hasta el 0,5 % en caso de que el IPC interanual supere el 4%
En 2028 se acuerda un incremento para todos los conceptos económicos excepto la antigüedad consolidada del 3%, en este caso aplicable sobre las tablas del ejercicio de 2027, con revisión salarial de hasta el 0,5 % en caso de que el IPC interanual supere el 3%.
Los atrasos devengados de 2026 deben abonarse junto a la nómina correspondiente al mes siguiente al de la publicación del convenio en el Boletín Oficial de la provincia.