Firmado el convenio del sector de industrias agroalimentarias con una subida del 3%

El convenio colectivo del sector de industrias agroalimentarias de Cuenca ha quedado firmado por un año por la representación de trabajadores y empresas, tras su rúbrica en la sede del Jurado Arbitral de Castilla-La Mancha.
El acuerdo ha sido suscrito por CEOE CEPYME Cuenca, Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha y ASAJA Cuenca, por la parte empresarial, y por Comisiones Obreras Industria y UGT FICA, en representación de los trabajadores.
De este modo, las condiciones laborales del sector quedan fijadas hasta el próximo 31 de diciembre del presente ejercicio, siendo de obligado cumplimiento para todas las empresas del ámbito agroalimentario en la provincia. Estas condiciones afectan a unos 4.000 trabajadores repartidos en unas 300 empresas.
Condiciones
En este acuerdo entre la representación de las empresas y los sindicatos se ha pactado una subida salarial del 3 % y se han fijado 1.776 horas anuales para el año 2025.
Por otro lado, los días 24 y 31 de diciembre serán considerados como festivos abonables y no recuperables, y se compensarán con descansos el siguiente día laborable cuando estas fechas coincidan con un domingo.
Las negociaciones han estado condicionadas por aspectos como el establecimiento del nuevo Salario Mínimo Interprofesional por parte del Gobierno de España o la reducción de la jornada laboral.
El convenio incluye un plus de 3,5 euros por día efectivo de trabajo, incluyendo el período vacacional. Este plus no computará a efectos de ningún complemento salarial, antigüedad ni abono de pagas extraordinarias, y tendrá futuras revalorizaciones en los mismos términos que el salario base. En este precepto se acuerda fijar una moratoria para su aplicación hasta 2026, siendo aplicable en los términos expresados automáticamente desde el 1 de enero de dicho año.
Otro aspecto a destacar es la subida de la cantidad indemnizatoria que cubre los posibles riesgos de las personas trabajadoras en el desarrollo de su actividad en la empresa. En caso de accidente laboral que derive en muerte, incapacidad permanente total, permanente absoluta o gran invalidez, las nuevas cantidades fijadas son de 30.000 euros en caso de incapacidad permanente total o absoluta, y de 35.000 euros en caso de invalidez o fallecimiento.