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La Justicia anula definitivamente el pleno de la subida de sueldos

El Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Tarancón contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha
La Justicia anula definitivamente el pleno de la subida de sueldos
12/07/2018 - Las Noticias

El Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Tarancón contra la sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (16/10/2017) que anulaba el pleno extraordinario urgente en el que se aprobó la subida de sueldo del primer edil, José Manuel López Carrizo, y los concejales.

Así lo ha dado a conocer el PP de Tarancón, que ha mostrado su satisfacción por este "varapalo judicial" a Carrizo que anula definitivamente -la sentencia ya es firme- el pleno extraordinario urgente del 8 de julio de 2015, Recuedan los 'populares' que esta sesión plenaria se hizo coincidir con un pleno del Congreso para dificultura que la portavoz del PP en el Ayuntamiento taranconero, y también diputada nacional, pudiera estar y votar.

Por ello, ante esta sentencia en firme, el Partido Popular taranconero ha pedido a Carrizo que "abandone la actitud antidemocrática, que asuma su responsabilidad política y pida perdón a todos los taranconeros".

“Ha quedado demostrada la doble cara de Carrizo: por un lado, la cara de las fotos, los titulares, la propaganda y las palmadas en la espalda; y por otro, la cara de la prepotencia, del despotismo, de la exclusión del Partido Popular de actos, de organismos como la mancomunidad; la cara del alcalde que no da información, que no cumple los plazos legales, se salta la ley y actúa con abuso de derecho, desviación de poder y vulnerando el derecho fundamental del artículo 23 de la Constitución”, ha manifestado la portavoz del PP, María Jesús Bonilla.


HISTÓRICO DE LOS ACONTECIMENTOS

El Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Tarancón recurrió este pleno extraordinario ante los tribunales. Pese a que en un primer momento el Contencioso-Administrativo de Cuenca daba la razón al Equipo de Gobierno de Tarancón, finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha declaraba nulo (el 16 de octubre de 2017) tanto el pleno del 8 de julio de 2015 como los acuerdos adoptados en él.

En la referida sentencia, el Tribunal recoge “.... de hecho están impidiendo que la portavoz del grupo de la oposición , también diputada nacional, quede impedida de participar en la votación; cuando concurría la situación excepcional, de tener que acudir ese mismo día al Congreso de los Diputados; lo que puso en conocimiento de la Corporación ; pese a lo cual , se actuó haciendo una convocatoria , sin cumplir los requisitos legales ; con claro abuso de derecho y desviación de poder( sets 7.2 del CC; y 70 de la L. Reguladora); pues al proceder así, se produjo un empate en la votación; aprobado el punto de la convocatoria, al voto de calidad del alcalde; lo que se podría evitado si se hubiera hecho una convocatoria de pleno extraordinario no urgente (art. 78 del RO y F); produciéndose por ello una vulneración del derecho fundamental del art. 23 de la supranorma; lo que nos ha de llevar a estimar el recurso y revocar la sentencia recurrida; anulando el acto administrativo impugnado por ser contrario a Derecho”.