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Publicadas ayudas para Universidades populares y Escuelas de Música

Podrán solicitarlas los ayuntamientos de hasta 20.000 habitantes a partir de este jueves
Publicadas ayudas para Universidades populares y Escuelas de Música
Escuela de Música de Iniesta Iniesta.// Foto: EMMDI Iniesta
23/05/2019 - Las Noticias

A partir de este jueves los ayuntamientos de la provincia de hasta 20.000 habitantes podrán acogerse a las ayudas Cuenca Educa para financiar parte de los gastos de funcionamiento de universidades populares y escuelas de música.

Según la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la convocatoria para el curso académico 2018/2019 está dotada con un presupuesto de 60.000 euros. No serán subvencionables los gastos destinados a programas y actividades deportivas de las universidades populares.

El diputado de diputado de Cultura, Francisco Javier, ha ercordado que en la edición anterior las subvenciones oscilaron entre los 14.211,34 euros concedidos a la Universidad Popular y Escuela Municipal de Música de Mota del Cuervo, a los 116,38 para la Escuela de Música de San Lorenzo de la Parrilla, pasando por los 9.925,85 euros concedidos al Ayuntamiento de Iniesta o los 9.844,69 al Consistorio de Quintanar del Rey.

Y es que a la hora de valorar las solicitudes de los consistorios se tienen en cuenta criterios como el presupuesto del gasto derivado de la contratación del profesorado y Seguridad Social, la cantidad de alumnos matriculados y el número, interés cultural y carácter innovador de las materias .

Los Ayuntamientos interesados en esta convocatoria tienen un plazo de veinte días hábiles, a contar desde este jueves, 23 de mayo, y excluyendo del cómputo los sábados, domingos y festivos, para presentar la correspondiente solicitud, pudiéndose tramitar electrónicamente accediendo a la Sede Electrónica de la Diputación en https://sede.dipucuenca.es/portalCiudadano o presentándola en soporte de papel para su digitalización en las Unidades de Registro de la institución provincial y en cualquiera de los medios contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.