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Convenios colectivos

El nuevo convenio colectivo de panaderías incluye una subida salarial del 1,25% este año

Patronal y sindicatos firman después de tres año bloqueado
El nuevo convenio colectivo de panaderías incluye una subida salarial del 1,25% este año
23/02/2018 - Las Noticias

La Asociación Provincial de Fabricantes y Expendedores de Pan de Cuenca y los sindicatos Comisiones Obreras y UGT han firmado esta semana el convenio colectivo de las industrias expendedoras y de fabricación de pan que regulará las condiciones laborales de empresas y trabajadores del sector durante un período de seis años, de los cuales, ya han transcurrido tres, pues ha permanecido bloqueado durante este tiempo.

De este modo, se cierra el último de los convenios sectoriales cuya vigencia había finalizado antes de 31 de diciembre de 2017, y tan solo quedan pendientes de negociar los convenios de Limpieza de Edificios, Transporte de viajeros y Ayuda a Domicilio para el año 2018.

SATISFACCIÓN

El presidente de AFEPAN, José Antonio Barón, así como su vicepresidenta Laura Tevar, y el miembro de su directiva, Benigno Torres, fueron los encargados de rubricar el jueves este acuerdo junto al director del Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca y asesor de esta organización sectorial en las negociaciones, Jesús Hontana, mostrándose todos ellos satisfechos por haber llegado a un acuerdo en un sector que ha sido de los más castigados por la crisis y en el que todos han hecho un esfuerzo para firmar este pacto.

Con esta firma, la Asociación Provincial de Fabricantes y Expendedores de Pan de Cuenca y los sindicatos Comisiones Obreras y UGT cierran un convenio con una vigencia de seis años, abarcando desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2020.

Acuerdos

Los acuerdos más destacados del convenio son la vigencia pactada ya indicada de seis años, con efectos desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2020, así como el incremento salarial, con el mantenimiento de los salarios para los ejercicios 2015 a 2017, y una subida del 1,25% para el año 2018, del 1,5 % para el año 2019 y del 2 % para el año 2020. Todo ello sin revisión salarial.

Por último, también se incluye en el artículo 23 del convenio, relativo a la contratación de un seguro de accidentes, la obligación de ampliar la cobertura de este seguro, para cubrir los mismos riesgos y la misma indemnización en los casos de enfermedad profesional, a partir del día 1 de junio de 2018.

Hasta ahora, el seguro a contratar debía cubrir los riesgos de Muerte, Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez derivados de Accidente de Trabajo producido durante la vigencia del mismo.